Conceptos Clave en Sencillo
| CMF: Ente fiscalizador que vela por la transparencia del mercado financiero en Chile. | NIIF/IFRS Lenguaje contable global. Sus normas NIIF S1 (sostenibilidad general) y NIIF S2 (clima) extienden este estándar a la medición ambiental. |
| ASG/GEI: Criterios Ambientales, Sociales y de Gobierno Corporativo / Gases de Efecto Invernadero. |

Plazos y Obligatoriedad
A partir del ejercicio 2026 (con reporte presentado en 2027), las empresas reguladas deben reportar bajo este marco. El objetivo es que los datos climáticos tengan la misma rigurosidad y comparabilidad que un estado financiero.
Desglose de la Huella de Carbono (Los 3 Alcances)
La NIIF S2 exige cuantificar las emisiones dividiéndolas en tres categorías:
- Alcance 1 (Directas): Emisiones propias bajo control de la empresa (ej. calderas industriales, combustible de la flota corporativa).
- Alcance 2 (Indirectas por energía): Generadas por la electricidad o climatización que la empresa adquiere para operar.
- Alcance 3 (Cadena de valor): Emisiones indirectas a lo largo del ciclo de negocio (ej. transporte de insumos por terceros, viajes de trabajo o disposición final del producto).
Los 4 Pilares del Reporte
El informe debe estructurarse en cuatro ejes fundamentales:
1. Gobernanza: Supervisión del directorio sobre los riesgos climáticos. | 2. Estrategia: Evaluación del impacto climático en el modelo de negocio. |
3. Gestión de Riesgos: Procesos para identificar y mitigar amenazas ambientales. | 4.Métricas y Metas: Indicadores de emisiones CO2e y objetivos cuantitativos de reducción. |
Medir y reportar el impacto ambiental bajo la NCG 519 deja de ser una acción de responsabilidad social para consolidarse como un requisito clave de gestión financiera y transparencia operativa.
¿A quienes aplica?
La NCG 519 aplica a las empresas que emiten valores y están fiscalizadas por la CMF. Es decir, a las instituciones supervisadas, que les aplica la Sección II de la NCG N°30 que presentan Memoria Anual Integrada.
Quiénes quedan obligadas, según las fuentes revisadas:
- Sociedades anónimas abiertas inscritas en el Registro de Valores.
- Sociedades anónimas especiales, como bancos, aseguradoras, administradoras generales de fondos y bolsas.
- Otros emisores de valores que reportan bajo la NCG 30, incluidos los regidos por las NCG 431 y 475 y la Circular 991.













